El 17 de noviembre del presente se publicó el Acuerdo para establecer los Centros de Origen y Diversidad de maíz en México. Dicho Acuerdo es mandatado por la Ley de Bioseguridad de OGMs (LBOGM) que lo requiere para poder normar los sitios del país donde se pueden solicitar permisos para la siembra de maíz transgénico, dado lo estipulado en la LBOGM y el reglamento emanado de ésta.
Este Acuerdo es un avance en materia de bioseguridad y conservación del maíz y sus parientes silvestres en México. Su aporte central es presentar los datos y mapas de distribución de maíces nativos y sus parientes silvestres, que son producto de una rigurosa investigación científica. Estos datos son suficientes para exigir la prohibición de la liberación de maíz transgénico en todo el territorio nacional, ya que dada la distribución documentada de maíces nativos y sus parientes silvestres así como la información científica existente sobre flujo génico, de sembrarse maíz transgénico en las áreas que han sido excluidas como lugares con presencia de variedades nativas de maíz y/o parientes silvestres, los transgenes podrán dispersarse y acumularse en las variedades nativas de México. A su vez, el Acuerdo deja claro que hace falta un intenso esfuerzo de muestreo en las áreas donde no hay registros de maíces nativos y/o parientes silvestres.
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